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El Programa de Divulgación Voluntaria alienta a las empresas no registradas a cumplir con las leyes impositivas y de licencias de la Ciudad registrándose voluntariamente y pagando las obligaciones impositivas y de licencias del período anterior.

Si su empresa tiene presencia fiscal en Tacoma y está obligada a registrarse y declarar impuestos según el Código Municipal de Tacoma , revise el proceso de solicitud a continuación. La presencia fiscal es el vínculo entre una jurisdicción tributaria y la actividad comercial, y debe establecerse antes de que se requiera la licencia y el pago de impuestos municipales. Generalmente, para cumplir con este requisito, es necesaria una presencia física. Una empresa tiene presencia física en Tacoma si posee bienes inmuebles o tangibles, o empleados en la ciudad. También se considera que una empresa tiene presencia física en Tacoma si, ya sea directamente o a través de un agente u otro representante, realiza actividades para establecer o mantener un mercado para sus productos o servicios en Tacoma.

Las empresas pueden acogerse al Programa de Divulgación Voluntaria presentando una solicitud por escrito o una solicitud formal . En el marco de este programa, el período de revisión suele limitarse a cuatro años más el año en curso. Se eximirá del pago de multas; sin embargo, se aplicarán intereses al tipo legal sobre cualquier impuesto adeudado.

Si nuestros registros indican que su empresa no ha sido registrada previamente ni ha sido contactada por la Ciudad para notificarle sobre los requisitos de licencia, su empresa calificará para el Programa de Divulgación Voluntaria. Si desconoce si su empresa ha sido registrada o contactada previamente por la Ciudad, llame al (253) 591-5252.

El Programa de Divulgación Voluntaria puede ofrecerle los siguientes beneficios:

  • El período de “retrospección” está limitado a un período de cuatro años más el año actual.
    • Se pueden condonar las sanciones, que incluyen:
      • Multa fiscal del 29%
      • Multa de licencia del 50%
  • La ciudad puede resumir su obligación tributaria no declarada en una sola evaluación fiscal

Si su negocio se descubre a través de los esfuerzos de la Ciudad (por ejemplo, aplicación de la ley, investigación, auditoría), usted puede ser responsable del pago de licencias, impuestos, intereses, multas y un período de "retrospección" de diez años más el año actual.

Para iniciar el proceso de divulgación voluntaria, envíe los siguientes elementos:

Si se aprueba la solicitud, la Ciudad preparará un borrador de la liquidación de impuestos para su revisión. Una vez finalizada, se le enviará por correo un Aviso de Liquidación solicitando el pago. El pago debe recibirse según las instrucciones de pago de la Liquidación. Se aplicarán intereses adicionales y multas por pago atrasado si la Liquidación no se paga en su totalidad antes de la fecha de vencimiento.

Si su solicitud no es aprobada, recibirá una explicación de la Ciudad, junto con instrucciones adicionales. 

Si desea que la Ciudad trabaje con un representante externo en su nombre, debe proporcionar una Autorización de Información Confidencial del Contribuyente debidamente cumplimentada en el momento de la divulgación para que la Ciudad pueda comunicarse con ellos en relación con su información confidencial del contribuyente.

Si una empresa registrada descubre que tiene obligaciones tributarias pendientes de declaración, deberá presentar declaraciones rectificativas con el impuesto adicional adeudado, incluidos los intereses. Para rectificar su declaración, consulte las instrucciones en la sección «Modificar una declaración de impuestos».